1. Objeto: Sociedad Fast Food Chile S.A., RUT 76.414.061-3, en adelante Burger King, con domicilio en Cerro el Plomo N°5680, piso 14, comuna de Las Condes, Santiago, llevará adelante este concurso denominado “ Whopper Beach Talleres de Verano” (en adelante denominado el "Concurso"). La forma de intervenir y las reglas del Concurso están contenidas en las presentes bases y condiciones (en adelante denominadas las “Bases”). Las personas intervinientes en este Concurso por su sola participación, aceptan de pleno derecho y de forma incondicional todas y cada una de las disposiciones descriptas en estas Bases.
2. Alcance geográfico: El Concurso tendrá vigencia en la Playa Salinas en Avenida Jorge Montt, en Viña del Mar, Región de Valparaíso, Chile.
3. Fecha de inicio y finalización: El plazo de inicio de este Concurso será el día 22 de febrero del 2025 y finalizará el día 23 de marzo del 2025 (en adelante denominado el “Plazo de Vigencia”).
4. Personas excluidas: No podrán participar los empleados del Organizador, ni los empleados, ni personal directivo de las agencias de publicidad y promociones, y demás proveedores vinculados al presente Concurso, ni sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad. Esta restricción aplicará a los empleados desvinculados de las empresas del Organizador dentro de los treinta (30) días del comienzo del Concurso.
5. Mecánica de participación: Para participar del Concurso, los participantes (en adelante, “Potenciales Ganadores” y/o “Participantes”) deben cumplir las siguientes condiciones: (i) Burger King instalará un tráiler en la Playa Playa Salinas en Avenida Jorge Montt, en Viña del Mar, Región de Valparaíso, Chile durante el 22/02/2025 hasta el 22/03/25 inclusive; (ii) los Participantes deberán retirar bolsas biodegradables de Burger King para ir a recolectar residuos por el Territorio; (iii) los Participantes deberán recolectar residuos que se encuentren en el Territorio en las bolsas entregadas y una vez que regresen con las bolsas llenas de residuos podrán solicitar el premio dispuesto en las presentes bases y (iv) cumplir con las restantes condiciones dispuestas en las presentes Bases y Condiciones (en adelante las “Bases”).
6. Premio: El premio del Concurso consta la obtención de 1 (un) cupón que incluye 1 (un) sándwich Whopper tamaño regular para canjear únicamente en los locales de Burger King ubicados en la región de Valparaíso Chile con vigencia hasta el 22 de marzo del 2025. (en adelante el “Premio”). Aquellos Participantes que vuelvan al tráiler de Burger King con la bolsa entregada por Burger King, llena de residuos recolectados en el Territorio, se llevarán el Premio, que será entregado en el momento por Burger King.
7. Publicidad: El Organizador se reserva el derecho a realizar la acción publicitaria, de prensa, promoción, publicación y difusión que considere conveniente de los Potenciales Ganadores, Participantes y/o Ganadores respecto de las presentes Bases. Con la sola participación en el Concurso, los Participantes prestan su expresa conformidad para la utilización y difusión de sus nombres y usuarios de Instagram e imágenes (foto y video) a perpetuidad y por todo el mundo por los medios publicitarios y de comunicación que el Organizador disponga. En virtud de esta autorización, los Participantes y/o Ganadores y/o sus representantes legales no tendrán derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización mencionada precedentemente.
8. Premios no asignados / No reclamados: Si el Premio no pudiera asignarse a alguno de los Ganadores del Concurso en virtud de la falta de cumplimiento con algún requisito de las presentes Bases serán considerados como no asignados y, por lo tanto, quedarán en propiedad del Organizador.
9. Prohibición: En caso de haber resultado ganador un Participante violentando las Bases, el Participante responderá por daños y perjuicios. El Organizador se reserva expresamente el derecho de descalificar a cualquier Participante del cual se tenga duda o sospecha de que se encuentra interviniendo el sistema del Concurso, sus procedimientos de entrada o bajo cualquier otro método en el que esté actuando en contra de las Bases.
10. Descalificación: Los Participantes que no cumplan con lo establecido en las Bases serán descalificados del Concurso.
11. Aceptación: La participación en el Concurso implica la total e irrestricta aceptación y conocimiento de las presentes Bases; implica el reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación al Concurso como de carácter definitivo e inapelable toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas, no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes, se ajusten al régimen legal vigente y hayan sido comunicadas a los Participantes y a su vez hayan sido previamente aprobadas por la autoridad de aplicación. El Concurso será difundido a través de la comunicación elegida por el Organizador.
Asimismo, la participación en este Concurso y aceptación de las Bases importa como una declaración jurada que el Participante no tiene cedidos o prometidos los derechos de publicación y/o reproducción de su nombre y/o imagen en cualquier forma, con terceros. El envío de datos y cualquier forma de participar en este Concurso importa por parte del Participante la aceptación de las Bases, y la autorización por el plazo de 2 (dos) años para la publicación y difusión de sus datos e imágenes en el Web Site y en los demás medios que el Organizador disponga al efecto (comprendiendo todas las modalidades de edición y reproducción existentes en la actualidad y las que pudieran existir en el futuro), en cualquier parte del mundo, a título gratuito y en forma exclusiva a efectos de publicitar el resultado del Concurso (pudiendo el Organizador, como condición de cómputo del dato enviado, requerir a las personas mencionadas que acrediten su identidad y presten su consentimiento frente a aquel y/o a quien designe, para que el dato sea publicado en los medios que él disponga), y su compromiso de no revocar la autorización para el uso de los datos.
12. Modificación de las Bases: Cuando circunstancias no imputables al Organizador ni previstas en las Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar el Concurso. En caso de modificación del Concurso se publicarán en forma íntegra las nuevas Bases en los medios que establezca el Organizador, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los Participantes. Estas Bases prevalecen frente a cualquier instrumento o pieza de marketing que pudiera existir.
13. Datos Personales: El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre datos personales. Al momento de facilitar al Organizador sus datos, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por el Organizador con fines publicitarios y de marketing en general. La información será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular del dato podrá solicitar el retiro o bloqueo total o parcial de su nombre de la base de datos comunicándose a la dirección de correo electrónico:
socialmedia@burgerking.com.ar. El retiro o bloqueo parcial de los datos implica la no participación en el Concurso, en tanto los mismos son requeridos para su participación.
14. Responsabilidad: El Organizador no será responsable de los daños, desperfectos, mal funcionamiento y/o perjuicios que pudieran sufrir los Participantes o terceros en sus personas o bienes, con motivo de la utilización de los premios otorgados en virtud de este Concurso.
15. Conflicto: Cualquier situación, conflicto o controversia derivada de la interpretación de las Bases será dirimida por el Organizador. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Concurso, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Nacionales en lo Comercial de Santiago de Chile.